A través del Registro Provincial se establecen medidas de cumplimiento para proteger derechos.
La Subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Gobierno, a través del Registro Provincial de Deudores Alimentarios realiza la inscripción por orden judicial de toda persona obligada al pago de alimentos por sentencia firme o por convenio homologado judicialmente, que adeude total o parcialmente dos cuotas consecutivas o alternadas en un período.
El Registro Provincial de Deudores Alimentarios fue creado en 2001 bajo la Ley N° 2333 y el decreto reglamentario 0547/01, como mecanismo orientado a buscar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias y proteger derechos. También tiene la función de expedir certificados de “libre deuda” o no, conforme conste registrado o no como deudor alimentario moroso.
El subsecretario de Justicia y Derechos Humanos, Ricardo Riva, explicó que “en el marco de este registro se trabaja en la creación de redes con las localidades de la provincia para hacer respetar, proteger, garantizar y permitir el ejercicio efectivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, así como implementar los mecanismos para que todas las autoridades y todo aquel que intervenga, en el ámbito de sus respectivas competencias, cumplan con sus obligaciones para lograr la reparación de los derechos vulnerados”.
La prestación de alimentos comprende todos los recursos necesarios para la subsistencia, habitación, vestuario y asistencia médica del receptor, ajustados a sus necesidades y a las posibilidades económicas del alimentante. En el caso de menores de edad, se incluyen también los gastos relacionados con su educación, de acuerdo con el artículo 541 del Código Civil y Comercial de la Nación.
Desde el Observatorio de Derechos Humanos de la subsecretaría se realizó un informe que da cuenta que, a la fecha, el Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos cuenta con 1361 personas inscriptas. De este total, el 77,67% está clasificado como deudor alimentario moroso en la provincia. Entre los deudores, el 1,9% son mujeres y el restante son varones. La información sobre estos deudores es publicada semestralmente en el Boletín Oficial de la Provincia, garantizando así la transparencia y el acceso a los datos relevantes.
La inscripción en el Registro implica una serie de restricciones significativas: las instituciones y organismos públicos provinciales y municipales tienen prohibido otorgar habilitaciones, concesiones, licencias, permisos, y otras ventajas a los inscriptos. Además, los bancos y organismos de fomento de la producción están impedidos de otorgar créditos, abrir cuentas corrientes, emitir o renovar tarjetas de crédito, entre otras operaciones financieras.
Para inscribir a una persona deudora alimentaria morosa en el Registro, el acreedor debe gestionar una orden de inscripción ante el juez correspondiente. Los deudores que cumplan con sus obligaciones pueden solicitar la suspensión transitoria o el levantamiento de su inclusión en el Registro ante el Juzgado interviniente.
La Subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos ha establecido convenios con las provincias de Mendoza y CABA para facilitar el intercambio de información entre registros, una iniciativa que surgió en esta gestión. Asimismo, se encuentran en desarrollo acuerdos con otras jurisdicciones como Entre Ríos, Chubut, La Rioja, Tucumán, Tierra del Fuego, Santa Cruz y Rio Negro. Se está evaluando la posibilidad de crear un Registro Único a nivel nacional para mejorar la coordinación y el seguimiento de las obligaciones alimentarias en todo el país.
El Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos funciona en la sede de la subsecretaría de Justicia y Derechos Humanos, ubicada en Carlos H. Rodríguez 90, piso 2, en la ciudad de Neuquén. Los interesados pueden obtener certificados a través de la plataforma en https://w2.neuquen.gov.ar/deudores-alimentarios-morosos