La brutal agresión quedó registrada por las cámaras de seguridad. El joven motociclista y su pareja, circulaban por la calle cuando el policía le asestó un golpe de puño que lo obligó a desviar su marcha, chocando con un poste de luz.
En una audiencia realizada el último viernes, el fiscal Adrián De Lillo, solicitó que se acusara al agente Matías Nicolás Torres de cometer «los delitos de lesiones graves y lesiones leves calificadas por su calidad de funcionario público; agregándose otro delito, por violación de los deberes de funcionario público, todo ello, en calidad de autor». Esto basado en las imágenes captadas por una cámara de seguridad.
Por su parte, el abogado querellante Cristian Hugo Pettorosso, defensor del joven agredido, adhirió al pedido fiscal, y además sostuvo que debía sumarse otro punto importante, al considerar que el policía cometió también delito de falsedad ideológica, debido a que le mintió a sus superiores al informar lo sucedido.
El letrado planteó esa teoría del caso con evidencias colectadas desde el propio organismo policial, ya que en de un informe oficial redactado con la versión de Torres, se describen los hechos sucedidos de modo distintos a lo captado por las cámaras de seguridad. Con todo esto, el defensor aseguró que tanto el efectivo agresor como el otro uniformado que lo acompañaba, “dieron una versión de los hechos distinta a los que se pueden ver claramente en las imágenes registradas por la cámara de seguridad instalada en cercanías de la esquina del lugar del impacto”, indicó.
Ante esto, el juez Maximiliano Bagnat, a cargo de la audiencia, decidió formular cargos solo por la teoría del caso que sostuviera la acusación pública. No obstante, el abogado querellante realizó la denuncia penal de falsedad ideológica allí mismo.
De modo que se conformará un nuevo legajo penal para que se investigue el segundo delito, donde también se imputa al agente que caminaba junto a Torres haber informado de manera mendaz al titular de la Comisaría 28° sobre lo ocurrido.
Por último, se dispuso un plazo de duración de la investigación penal de dos meses y la prohibición de que el acusado ingrese a Villa la Angostura, así como que también tome cualquier tipo de contacto. Además, tiene prohibido «ejercer actos de violencia, intimidación, amenazas directas o por interpósita persona, redes sociales, y por cualquier otro medio que sea, hacia los jóvenes victimizados y sus familias».