Ordenan detención preventiva a imputado por abuso sexual

La fiscalía le atribuyó los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con el delito de amenazas coactivas con arma, en calidad de autor (artículos 119 tercer párrafo y 149 ter del Código Penal).

En una audiencia de formulación de cargos realizada ayer, los asistentes letrados Hernán Scordo y Gabriela Pellico, acusaron a un varón, J.J.D, por haber abusado sexualmente de una mujer, en la ciudad de San Martín de los Andes. Además requirieron que quede detenido en prisión preventiva.

La fiscalía le atribuyó los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con el delito de amenazas coactivas con arma, en calidad de autor (artículos 119 tercer párrafo y 149 ter del Código Penal).

Durante la audiencia realizada ayer, los representantes de la fiscalía requirieron que se imponga la prisión preventiva por el plazo de cuatro meses. El pedido estuvo fundado en el riesgo que existe para la víctima y de entorpecimiento de la investigación.

La asistente letrada aseguró al juez que no existe otra medida menos gravosa que pueda cautelar estos riesgos. “La fiscalía cuenta elementos de convicción suficientes para asegurar que el hecho se cometió y que el imputado es el autor”, aseguró Pellicó.

Scordo agregó que “la situación de la joven es de extrema vulnerabilidad, recibió un mensaje con amenazas, debemos cautelar su seguridad”.

De acuerdo a la teoría del caso que investiga el Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 26 de mayo de 2024, a las 19:30, en la ciudad de San Martin de los Andes. El abuso fue en el interior de la vivienda en la que estaba la víctima y el imputado, ya que son parte de un entorno familiar. Horas más tarde, el acusado le envió un mensaje amenazándola de que no contara nada, adjuntándole una foto con un arma de fuego y proyectiles.

El juez de garantías Mario Tommasi dio por formulados los cargos y fijó un plazo de investigación de cuatro meses. Por el mismo plazo ordenó la detención preventiva del acusado.

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