La Cámara de Casación anuló la absolución de cuatro guardaparques en el caso de los niños fallecidos en el camping Lolén en 2016 y ordenó un nuevo juicio.
La sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal anuló la absolución de cuatro guardaparques del Parque Nacional Lanín, implicados en el trágico accidente ocurrido el 1 de enero de 2016, en el que dos niños, Martina Sepúlveda y Matías Mercanti, fallecieron aplastados por un árbol en el camping Lolén.
La Cámara ordenó que se realice un nuevo juicio oral, cuya fecha aún no se ha determinado.
Los guardaparques Matías Iván Encina, Diego Luis Lucca, Juan Ignacio Jones y María Mercedes Hileman habían sido absueltos en noviembre del año pasado por el Tribunal Oral Federal de Neuquén.
Sin embargo, la Fiscalía y los querellantes apelaron la decisión, argumentando que los jueces no valoraron adecuadamente las pruebas y el deber de cuidado de los imputados. Los jueces de Casación, Ángela Ledesma, Javier Carbajo y Juan Carlos Gemignani, coincidieron en que la sentencia carecía de fundamentación suficiente.
Uno de los puntos clave en el fallo de Casación fue la diferencia entre la previsibilidad y certeza de la caída del árbol. Según la presidenta Ledesma, el tribunal confundió estos conceptos, ignorando pruebas que sugerían inestabilidad en el árbol y subestimando el deber de control y cuidado que los guardaparques tenían en función de sus cargos.
Si bien Ledesma consideró que un segundo juicio podría vulnerar los derechos de los acusados, los jueces Carbajo y Gemignani acordaron reenviar el caso a otro tribunal para un nuevo juicio, subrayando la necesidad de proceder con celeridad en el caso. Este fallo destaca la importancia de un análisis exhaustivo del deber de cuidado y las obligaciones específicas de los guardaparques en la protección de los visitantes del parque.